Medios de comunicación que han infringido el artículo 23 de la Ley Orgánica de Comunicación
Abstract
El presente estudio de caso se lo realizó mediante un análisis de los medios de comunicación que infringieron el artículo 23 de la Ley Orgánica de Comunicación. Se estableció el rigor teórico científico mediante el sustento teórico, adicional a ello se consideró el artículo pertinente de la Ley Orgánica de Comunicación del Ecuador, además se argumentó desde el punto de vista jurídico. También, se planteó el objetivo mediante el cual se llevó a cabo la investigación se consideraron las diferentes técnicas e instrumentos de recolección de datos que se utilizarían a fin de obtener información confiable que validen o no dichas teorías y objetivos.
Este trabajo pone en evidencia que el periodismo debe ser ejercido con imparcialidad, aplicando el art. 23 de la Ley de Comunicación, es decir, de corregir la información que fue sesgada y haya causado daños a terceros. Quienes puedan tener este documento en mano podrán conocer un poco más de estos polémicos casos que generaron opiniones de juristas, propietarios de medios y políticos; a tal punto de proponer que se elimine esta Ley denominada también ley Mordaza.
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