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dc.contributor.advisorZambrano Macías, Rosario
dc.contributor.authorBriones Cruz, Jenny Dolores
dc.date.accessioned2016-10-15T18:46:16Z
dc.date.available2016-10-15T18:46:16Z
dc.date.issued2012
dc.identifier.urihttp://dspace.utb.edu.ec/handle/49000/1278
dc.description.abstractLas garantías de los derechos del ser humano realmente adquieren relevancia y gracias a las cualidades que caracterizan al Estado Ecuatoriano, y estas están consagradas en la Constitución de la República, en el Artículo 68 en la que se refiere de las uniones de hecho. En este contexto, la finalidad y el rol del Estado y de las relaciones económicas, sociales y políticas son determinadas con la finalidad de que las personas que viven en este régimen estado de uniones de hecho, tengan el mismo derecho y garantía como que si vivieran casados, así mismo lo establece la ley en el Libro 1, Título VI del Código Civil Ecuatoriano, se refiere de las uniones de hecho, desde el Art. 222 hasta el Art. 232, sobre la unión de dos personas, libres de vínculo matrimonial que constituye la unión de hecho. Esta figura jurídica que fue creada en el año 1982 con la intención positiva de proteger a la familia que sin haber celebrado solemnemente un contrato matrimonial, se establezca la unión de hecho como también la sociedad de hecho.es_ES
dc.format.extent154 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherBabahoyo: UTB, 2012es_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.subjectUniòn de hechoes_ES
dc.subjectSeguridad jurídica de los hijoses_ES
dc.titleLa uniòn de hecho y la seguridad jurídica de los hijoses_ES
dc.typebachelorThesises_ES


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