Prisión preventiva como pena anticipada ante casos de acoso sexual en el cantón Babahoyo Provincia Los Ríos
Abstract
La prisión preventiva no puede convertirse en un mecanismo general y automático, en vista que Ecuador es un país constitucional de derechos y justicia, una medida cautelar personal de esta naturaleza debe aplicarse excepcionalmente de la forma y en los casos previstos que establece la ley, por lo que debe existir un uso racional del derecho que vaya encaminado a proteger la libertad y el debido proceso. La finalidad que tiene la prisión preventiva es de garantizar la presencia del procesado al proceso y también el cumplimiento de la pena, pero se debe tomar en cuenta que esta no puede convertirse en una pena anticipada ya que se trata de una medida provisional que en cualquier momento puede terminarse, estas mismas finalidades podría cumplirse si las medidas alternativas que tenemos pudieran aplicarse correctamente, pero el Estado no tiene los medios suficientes para poder aplicar correctamente estas medidas, las nuevas reformas legales van encaminadas a la protección de derechos y al mejor funcionamiento del sistema judicial y penitenciario pero la realidad es que se tiene el mismo trato para las personas que tienen una sentencia ejecutoriada que para las personas que están atravesando un proceso penal y es ahí que se ven violentados derechos fundamentales, por esta razón la prisión preventiva debe ser aplicada como el último recurso después de un análisis profundo que determine que no existan más alternativas, ya que la regla general es la libertad.
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