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dc.contributor.advisorZambrano Macías, Rosario
dc.contributor.authorDuque Vargas, Hermes Rodrigo
dc.date.accessioned2015-07-08T03:59:49Z
dc.date.available2015-07-08T03:59:49Z
dc.date.issued2011
dc.identifier.urihttp://dspace.utb.edu.ec/handle/49000/489
dc.description.abstractLa Asamblea Nacional y todo órgano con potestad normativa tendrán la obligación de adecuar, formar y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidad. En ningún caso, la reforma de la Constitución, las leyes, otras normas jurídicas ni los actos del poder público atentaran contra los derechos que reconoce la Constitución. Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedara en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley.es_ES
dc.format.extent143 p.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherBabahoyo:UTB, 2011es_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rightsopenAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectJuzgados Especializadoses_ES
dc.subjectCeleridad y Defensaes_ES
dc.subjectProcesado en los Delitoses_ES
dc.subjectTransitoes_ES
dc.titleLos Juzgados Especializados y el Principio de Celeridad y Defensa del Procesado en los Delitos de Transito.es_ES
dc.typebachelorThesises_ES


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