Aplicación jurídica del reglamento del sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y otros participantes en el proceso penal en la fiscalía del cantón Vinces
Abstract
Lo dispuesto en el Reglamento del Sistema de Protección y Asistencia a Víctimas, Testigos y otros Participantes en el Proceso Penal, (SPAVT) lo estable la Constitución de la República del Ecuador en el Articulo 78 señalando que Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial, se les garantizará su no revictimización, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas, y se las protegerá de cualquier amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá, sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos, la restitución, indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado. Se establecerá un sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y otros participantes procesales "; por lo que se pretende una protección donde no exista amenazas o actos de intimidación, una protección especial por parte del Estado hacia las Víctimas y Testigos como lo establece el Artículo 24 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional preceptúa que: "Cada Estado Parte adoptará medidas apropiadas dentro de sus posibilidades para proteger de manera eficaz contra eventuales actos de represalia o intimidación a los testigos que participen en actuaciones penales y que presten testimonio sobre delitos comprendidos en la presente Convención, así como, cuando proceda, a sus familiares y demás personas cercanas".
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