dc.description.abstract | La privación de la libertad a una mujer después de 90 días a partir del parto, es un grave atentado al desarrollo normal y completo del recién nacido, además de que se vulneran sus derechos constitucionales primordiales como son: el de una vida sana, derecho a la salud, derecho a una alimentación adecuada, entre otros.
Estos derechos consagrados no solamente en la Constitución sino que también expresados en la Declaración de los Derechos de los Niños, deberían ser respetados y acogidos plenamente en un Código Penal más justo, ¿Acaso importa más sancionar una infracción, que proteger a un menor? Pues claramente la Constitución de la República del Ecuador establece que los Derechos de los niños/as están sobre los derechos de las demás personas, en conexidad con lo antes manifestado el Código de la Niñez y Adolescencia establece el Interés Superior del Niño, el cual es un principio orientado a satisfacer el ejercicio efectivo del conjunto de derechos de los niños/as, además de que impone a todas las autoridades administrativas y judiciales ajustar sus decisiones y acciones para su cumplimiento. | es_ES |