Informe médico legista en lesiones, incide en el resultado cuando no determina ser técnico, ni científico, estudio desarrollado en la ciudad de Montalvo en el año 2011.
Abstract
Existen en esta tesis de grado el derecho comparado en el cual relaciono El médico legista con sus informes legales sea de cualquier caso cuando está bien realizado es presentado por escrito en los tribunales sus actuaciones periciales, por lo cual el perito es llamado a dar explicaciones verbales sobre algunos puntos de su informe. En mi presente proyecto de tesis de grado para la obtención del título de abogada voy a redactar el siguiente resumen de toda la tesis- propuesta en la cual pretendo de que se exija a los médicos legistas que se capaciten exhaustivamente más en la materia propia de ellos y en lo jurídico porque los informes periciales actualmente no tienen contenidos investigativos, técnicos y científico del mismo, que perjudican muchas veces a los argumentos jurídicos de los jueces al momento de emitir una sentencia.
Cabe recalcar que la presencia del médico legista es de suma importancia en las audiencias de juzgamiento, por lo que es una persona experimentada en la profesión de la medicina y de las prácticas forenses, poseyendo conocimientos científicos, artísticos y prácticos, esta persona es designada por un fiscal o juez para que declare en forma verbal su mi tema con diferentes legislaciones de otros países, los acontecimientos que existen en ellos es que el perito tiene que realizar un buen informe para que el fiscal o el juez dicte una merecida sentencia al que realmente tiene la culpa , no a una persona que por un mal informe sin fundamento y pesimamente ilustrado obtiene la culpabilidad siendo inocente, en esto cabe recalcar que la justicia es ciega y no hay la verdadera capacitación jurídica.
En mi tesis también se puede observar que he realizado hipótesis, operacionalizacion de variables, entrevistas, cuestionarios y encuestas a la ciudadanía, abogados, jueza de lo civil y médico legista que reside en el Cantón Montalvo, en este Cantón se ha dado a conocer que la ciudadanía no tiene muchos conocimientos de la materia que es la medicina legal y peor de lo que es un informe médico legal y para ello realice varios gráficos y tabulaciones para dar una tesis con sus propuesta de que se capacite a los médicos de cómo realizar sus informes.
El Derecho Romano post-clásico consagró un modo de rescisión del contrato de compra-venta: la lesión enorme o de más de la media (laesio enormis o laesio ultra dimidium) que tenía lugar cuando una persona hubiere enajenado una cosa por un precio inferior a la mitad de su valor real.
Esta forma de rescindir el contrato no tenía como consecuencia dejarlo sin efecto de pleno derecho, sino que solamente autorizaba al vendedor, cuando el contrato no habría sido ejecutado, a obtener una excepción en caso de que el comprador persiguiera la entrega de la cosa; y también valerse de la actio venditi, cuando hubiera cumplido el contrato, para volver las cosas a su anterior estado.
Tal causa de rescisión nació por motivos de equidad desde que era presumible que la persona que vendía un objeto de su propiedad por un precio muy inferior a su verdadero valor, solo lo hacía impulsado por un estado de necesidad que la ley no podía dejar de contemplar a fin de hacer desaparecer los efectos de tales ventas.
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