Devolución del IVA en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón de Baba periodo 2020 – 2021.
Abstract
El presente trabajo se trata de Analizar los procesos de Devoluciones de IVA al Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Baba, con el objetivo de optimar tiempo y recursos. El Impuesto al Valor Agregado IVA, que pagan las entidades u organismos del sector público inmersos en la definición del artículo 118 de la Constitución de la República, por los bienes y servicios que adquieren para el normal desenvolvimiento de sus actividades, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno debe ser devuelto por el SRI en un plazo no mayor a treinta días, basados es esta disposición legal, este documento pretende brindar al lector, las bases fundamentales y doctrinarias del Impuesto al Valor Agregado, el hecho generador, sujetos activos y pasivos de este impuesto, para luego analizar el proceso mediante el cual las instituciones del sector público solicitan y obtienen de la administración tributaria la devolución del IVA pagado, procedimientos administrativos tributarios y aplicación del Recurso de Revisión. La indagación que se ha realizado en el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Baba se desenvolvió con el fin de dar a conocer como muchos de estos Gobiernos Autónomos se ven afectados al no albergar la Devolución del Impuesto al Valor Agregado, puesto que el Estado tiene la obligación de reembolsar los valores que han cancelado en sus adquisiciones de bienes y servicios, ya que estos valores en muchas ocasiones son predestinados a la inversión y progreso de la calidad de vida de la comunidad. Así mismo, es de vital importancia poseer conocimiento acerca de la normativa que se halla afín con la devolución del IVA del sector público y de la normativa que tutela a los Gobiernos Autónomos Descentralizados y así se tenga de manera albúmina los conceptos, menesteres y operaciones que se utilizan.
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